SISTEMA FINANCIERO MEXICANO


Objetivo
Dar a conocer a la nueva generaciones como se identifica y organiza el sistema financiero mexicano e internacional, y la bolsa de valores con fin de compartir y resolver dudas.


¿Qué es el sistema financiero?


El Sistema Financiero Mexicano no es más que un conjunto de instituciones públicas y privadas, mercados e instrumentos en los cuales se organizan una actividad económica para movilizar el dinero de forma eficiente.


En pocas palabras la principal tarea es regular y ser intermediario entre los que tiene dinero quienes son los ahorradores e inversionistas, y quienes necesitan dinero los que son los deudores.


La dinámica es la siguiente, el inversionista obtiene rendimientos por "prestar" su dinero a los intermediarios y el deudor se compromete a pagar intereses por el dinero que obtuvo a través de ellos, esto se hace en un ambiente supervisado, esto se hace para brindar una mejor confianza y seguridad.


¿Por qué es importante conocer el Sistema Financiero Mexicano?


Principalmente una de la ventajas que tiene conocer el Sistema Financiero Mexicano, las instituciones y que lo regula, es que nos ayuda a tomar mejores decisiones para elegir el lugar en donde deseamos pedir un préstamo,  ahorrar o invertir dinero.


Es importante conocer todo esto, ya que existen demasiadas instituciones "piratas" o fraudulentas que están ofreciendo todo tipo de instrumentos financieros, por lo que es conveniente que al momento de querer invertir, ahorrar o pedir un crédito con algún intermediario financiero, se deba revisar y comprobar que esté supervisado y regulado por los organismos antes mencionados. Esto es sinónimo de que tu dinero viene de o estará en buenas manos.


Estructura del Sistema Financiero Mexicano


El sistema financiero mexicano está integrado en primer nivel por autoridades e instituciones que conforman ,encabezan y dirigen entre muchas otras actividades que implican las politicas financieras del pais ,el flujo de dinero y el crédito.El banco de México es autonomo que coordinadamente con la Scretaria de Hacienda y Crédito Público,que es una entidad de administración publica federal ,encabezan y dirigen el flujo del dinero y el crédito que nutre al sistema financiero que fluye a traves de diversos campos como son el bancario .el bursatil,seguros y fianzas .


El segundo nivel se integra por varios campos de operación,como lo son la banca privada o comercial :la banca de desarrollo;las instituciones de seguros y fianzas ;el mercado de valores o bursátil;las organizaciones auxiliares de crédito ,organismos autorregulatorios bancarios y las entidades del campo de ahorro para el retiro.
Esta estructura del sistema financiero esta dirigida por autoridades de diferente nivel,con diferentes facultades y obligaciones que atienden la diversidad de negocios juridicos




El sistema financiero se divide en cuatro segmentos.

Se clasifica de acuerdo a su regulación:
-Bancario y de Valores
-Seguros y fianzas 
-Ahorro para el retiro 
-Defensa de los usuarios para sericios financieros 

Organización 

El sistema financiero mexicano se encuentra organizado en tres categorías básicas 
El sistema financiero está constituido por las instituciones, los activos financieros y el mercado financiero.

 Entidades reguladoras Estas se encargan de vigilar y regular el trabajo de los intermediarios financieros. Las entidades reguladoras en México son: 

Banco de México. 



El Banco de México es el banco central de la República Mexicana y es una entidad independiente (autónoma) del Gobierno Federal. Su finalidad es proveer a la economía del país de moneda nacional y su objetivo prioritario es procurar la estabilidad de precios, es decir, mantener la inflación baja, para así preservar el poder adquisitivo de la moneda nacional. Adicionalmente le corresponde promover el sano desarrollo del sistema financiero y el buen funcionamiento de los sistemas de pago. En materia financiera, el Banco de México puede emitir regulación para fomentar el sano desarrollo del sistema financiero. Una buena parte de las normas emitidas por el banco central tiene como propósito regular las operaciones de crédito, de depósito y los servicios que ofrecen los bancos y las casas de bolsa. Recientemente, el Congreso de la Unión le otorgó facultades al Banco de México para que emita regulación sobre comisiones y tasas de interés, así como cualquier otro concepto de cobro por las operaciones o servicios que las entidades financieras lleven a cabo con los clientes.

Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

Regula todo lo relativo a los ingresos del gobierno. El más importante de estos ingresos son los impuestos que las personas y las empresas tienen que pagarle al gobierno para que éste cuente con los recursos suficientes para cumplir con sus funciones.

Otra función importante de la Secretaría de Hacienda es establecer el nivel de endeudamiento del gobierno federal, es decir, establecer el límite de deuda que el gobierno puede asumir. También tiene como responsabilidad establecer los gastos (egresos) que el gobierno va a realizar en un determinado periodo.




 Comisión Nacional Bancaria y de Valores.





Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas es un organismo del Gobierno Federal cuya función es vigilar (supervisar) que las empresas de seguros y fianzas cumplan con el marco normativo que las regula, para que estas empresas mantengan su solvencia y estabilidad. Como objetivo adicional le corresponde promover el sano desarrollo de este sector en beneficio del público usuario.



Comisión Nacional de Sistemas Para el Ahorro Para el Retiro. 

La labor de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro es regular al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). El SAR engloba todas las aportaciones que hacen los trabajadores y las empresas, durante la vida laboral de los trabajadores, a una cuenta de ahorro cuyo dueño (titular) es cada uno de los trabajadores (cuentas individuales). Dichas cuentas individuales sirven para que los trabajadores, una vez que alcancen su edad de retiro (como jubilados o pensionados), tengan los recursos suficientes para poder cubrir sus gastos y como previsión social. La Consar establece las reglas para que el SAR funcione adecuadamente. La Consar también regula a las empresas administradoras de fondos para el retiro (afores), que son las empresas que administran estas cuentas individuales de los trabajadores, ya que la Consar también vigila que se resguarden de manera adecuada los recursos de los trabajadores.



Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros es la entidad encargada de informar, orientar y promover la educación financiera entre la población, así como atender y resolver las quejas y reclamaciones de los clientes en contra de cualquier banco.


Fondos y Fideicomisos Públicos

Fideicomisos

Entidad de la Administración Pública Paraestatal creada para un fin lícito y determinado, a efecto de fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de ciertos recursos que son aportados por el Gobierno Federal y administrados por una institución fiduciaria.

La Procuraduría Fiscal de la Federación publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación los fideicomisos públicos que son sujetos a la supervisión de esta Comisión, actualmente son los siguientes:

1. Fondo de Operación y Financiamiento Bancario de la Vivienda (FOVI)

2. Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO, integrante del FIRA)

3. Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA, integrante del FIRA)

4. Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA, integrante del FIRA)

5. Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA, integrante del FIRA)

6. Fideicomiso de Fomento Minero (FIFOMI)

FINANCIERA RURAL


La Financiera Rural es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Objeto

La Financiera tiene como objeto coadyuvar a realizar la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como de mejorar el nivel de vida de su población.

La Institución, en el ejercicio de su objeto está facultada para:

  • Otorgar crédito de manera sustentable y prestar otros servicios financieros a los Productores e Intermediarios Financieros Rurales, procurando su mejor organización y mejora continua.
  • Ejecutar los programas que en materia de financiamiento rural se determinen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
  • Promover ante instituciones nacionales e internacionales orientadas a la inversión y al financiamiento, proyectos productivos que impulsen el desarrollo rural. 
  • Operar con los gobiernos Federal, Estatales y Municipales, los programas que se celebren con las instituciones mencionadas.
  • Apoyar actividades de capacitación y asesoría a los Productores para la mejor utilización de sus recursos crediticios, así como para aquellos que decidan constituirse como Intermediarios Financieros Rurales.
  • Fomentar el desarrollo integral del sector rural, para lo cual la Financiera coadyuvará al mejoramiento del sector financiero del país vinculado a las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y del medio rural, tal y como se define en el artículo 3o. fracciones I, II y artículo 116, en lo que corresponda, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
  • Preservar y mantener los recursos de su patrimonio destinados al otorgamiento de créditos y manejar sus recursos de manera prudente, eficiente y transparente.
  • Señalar el número, ubicación y estructura de las coordinaciones regionales, las cuales contarán con un titular designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Director General. Las agencias tendrán carácter permanente y, para su establecimiento, se considerará la demanda crediticia de las zonas geográficas productivas en el medio rural.
  • Instalar módulos de manera temporal, en las zonas geográficas productivas cuya demanda crediticia lo requiera en determinada época del año.

Garantía del Gobierno Federal

El Gobierno Federal responderá en todo tiempo de las operaciones pasivas concertadas por Financiera Rural con la Banca de Desarrollo, los Fideicomisos Públicos para el fomento económico y los Organismos Financieros Internacionales.

SECTOR BANCARIO

Origen del Sector Bancario


95 aniversario del Banco de México: la consumación de un largo anhelo








Sistema Financiero Mexicano: historia, evolución y retos.

Desde mediados del siglo XIX el Sistema Financiero dio sus primeros pasos. Pasó por momentos de tensión, como la Revolución Mexicana.

Incluso de confusión durante el surgimiento de los grupos financieros, ante la falta de leyes que los regulara.

Gracias a este Sistema, que la Bolsa Mexicana de Valores define como el conjunto orgánico de instituciones que generan, captan, administran, orientan y dirigen el ahorro y la inversión en el contexto político-económico que brinda nuestro país, hoy podemos hacer una transacción en línea, comprar productos que cotizan en el mercado bursátil o retirar dinero de un banco.

Está integrado por entidades normativas y reguladoras, como la SHCP, Banxico o la Condusef; operativas, entre las que están los intermediarios y grupos financieros; y las de apoyo, como la Academia Mexicana de Derecho Financiero Bursátil o las Calificadoras de Valores.

Línea del tiempo

1864: Inicia la banca en México con el establecimiento en la Ciudad de México de la sucursal del banco británico The Bank of London, Mexico and South America.

1881: Fundación del Banco Nacional Mexicano con capital del Banco Franco Egipcio con sede en París.

1888: Ya había bancos en Yucatán, Chihuahua y la Ciudad de México.

1894: Nace la Bolsa Nacional, con sede en la calle de Plateros No.9, actual calle de Madero.

1895: Nace la Bolsa de México. Corredores capitaneados por Francisco A. Llerena y Luis G. Necochea fundaron la sociedad con ese nombre. Se inaugura la Bolsa de México.

1896: La bolsa contaba con tres emisoras públicas y ocho privadas.

1897: Se promulga la Ley de Instituciones de Crédito con tres modelos bancarios: bancos de emisión con la facultad de emitir billetes, bancos hipotecarios y bancos refaccionarios. Hasta antes de la Revolución había 24 bancos de emisión, dos hipotecarios y cinco refaccionarios.

1913-1915: Victoriano Huerta impone préstamos a los bancos. En ese periodo los bancos otorgaron créditos a su gobierno por casi 64 millones de pesos.

1917-1920: Venustiano Carranza ordena la liquidación de los bancos y comienza a incautar sus reservas metálicas. Antes de acabar con el proceso es asesinado.

1917: En el artículo 28 de la Constitución se promulga que en México la facultad de emitir billetes es exclusiva para un Banco único de Emisión, que quedaría bajo el control del Gobierno. Cimientos para el Banco de México.

Antes y después del Banco de México

1925: Se funda el Banco de México.

1926-1932: Una nueva ley bancaria crea la figura de la institución nacional de crédito, que sería la banca de desarrollo. Banobras y Nacional Financiera, son algunas de las instituciones nacionales de crédito.

1933: Se aprueban los estatutos de la Bolsa de Valores de México S.A.

1945: De 36 sociedades financieras en 1941 se pasa a 84 en 1945, debido a la facilidad para manejar estas instituciones, captar fondos y traspasarlas entre bancos.

1950´s: Empezó el modelo de Banca Universal, es decir, agrupación financiera. Es decir, un banco de depósito podía agrupar como filiales a una financiera, una hipotecaria, un departamento de ahorro y un departamento de fideicomiso.

1970: Se reconoce legalmente la figura de los grupos financieros en México.

1974: Se reconoce la existencia de 15 grupos financieros. El Banco Nacional de México, Banco de Londres, Banco Comercial Mexicano, Banco del País, Banco de Industria y Comercio y Banco Internacional.

El siguiente año marcaría un cambio profundo en el Sistema Financiero Mexicano, que lo pondría a competir en las ligas internacionales financieras.

Después de 1974, cuando la Ley del Mercado de Valores permite la creación de las Casas de Bolsa, México entra a la modernidad de los sistemas financieros.

Aquí un repaso de lo que pasó desde ese año.

1975: Se consolida la Bolsa Mexicana de Valores e incorpora a las bolsas de Guadalajara y Monterrey.

1977-1978: Conformación de Bancos Múltiples, que se definió como una sociedad autorizada para ejercer operaciones de depósito, ahorro, intermediación financiera e hipotecaria y operaciones de fideicomiso. Grandes instituciones se constituyen como banco múltiple: Comermex, Banamex, Internacional, Atlántico, Serfín y Bancomer.

1980: Se crean primeros cinco bancos múltiples: Multibanco Mercantil de México, Banpacífico, Banca Promex, Banco de Crédito y Servicios y Unibanco.

1982: José López Portillo expropia la banca privada para detener ganancias excesivas en la prestación de un servicio público concesionado y frenar intereses monopólicos con dinero aportado por el público. Quedaron exentos entidades extranjeras como Citibank y las que ya eran del gobierno, además del sector laboral con el Banco Obrero.

1983-1985: Se indemnizó a los accionistas de las 49 instituciones que habían sido expropiadas. Miguel de la Madrid acordó la conformación de una banca mixta, con 30% de acciones en manos de inversionistas privados. Nacen 19 instituciones: seis de cobertura nacional, siete multiregionales y seis regionales.

1982-1988: El ahorro financiero pasó de representar 32% del PIB en 1982 a 40% en 1988.

1988-1994: Privatización de la banca comercial entre 1989 y 1990 con Carlos Salinas. Se permitía la participación de agentes privados en la prestación del servicio de banca y crédito.

1990: La Bolsa Mexicana de Valores tiene nueva sede en Paseo de la Reforma.

1992: La Secretaría de Hacienda abrió la oportunidad para que se establecieran en México nuevos bancos múltiples. Se abren, al menos, 19 nuevas instituciones privadas.

1994: Crisis financiera con la devaluación de diciembre. 

1995: La Bolsa adquiere el sistema electrónico BMV-Sentra Títulos de Deuda.

1996: Se introduce el sistema BMV-SENTRA Capitales para operar posturas y concertar compra y venta de capitales.

1998: Arrancan servicios de integración financiera, como MexDer y Asigna. Inicia también Bursatec.

Hacia la modernidad

1999: El mercado se vuelve electrónico, se acaban las operaciones de viva voz.

2001: Citigroup es la primera empresa extranjera en listarse a la Bolsa Mexicana de Valores.

2005: Lanzamiento de SIBOLSA, una plataforma tecnológica para el inversionista final. Este año las Siefores entran al mercado accionario de la BMV.

2011: Lanzamiento del IPC Sustentable.

2014: Entrada de la BMV al Mercado Integrado Latinoamericano, MILA, en el que participan las bolsas de Perú, Colombia y Chile.

El futuro ya llegó

Hoy, los retos más importantes que enfrenta son: la era digital, la personalización y la innovación, causados por la población joven y nativa digital, que pronto será cliente de los bancos tradicionales


Referencia


MARCO JURÍDICO


CPEUM


Párrafo Primero

Párrafo Sexto
Párrafo Séptimo



LEY DEL BANCO DE MÉXICO






Victoria Rodríguez Ceja
Gobernadora del Banco de México






Las instituciones de crédito o bancos comerciales son sociedades anónimas propiedad de particulares que realizan diversas funciones entre ellas:


       Recibir y retirar depósitos
       Préstamos y créditos
       Expedir tarjetas de crédito
       Cajas de seguridad.
       Fideicomisos.


MARCO LEGAL





¿Quién regula la Ley de instituciones de crédito?

- El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá interpretar para efectos administrativos, los preceptos de esta Ley, así como las disposiciones de carácter general que emita la propia Secretaría en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la presente Ley.

Referencia



¿Qué son las instituciones de banca de desarrollo?



Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, las cuales forman parte del Sistema Bancario Mexicano y atienden las actividades productivas que el Congreso de la Unión determine como especialidades de cada una de éstas, en sus respectivas leyes orgánicas. Tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al ahorro y financiamiento a personas físicas y morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación.


La Banca de Desarrollo a lo largo de los años ha sido uno de los principales vehículos del Estado Mexicano para promover el crecimiento económico y el bienestar social, apoyando con financiamiento la creación y expansión de empresas productivas, con especial énfasis en áreas prioritarias para el desarrollo nacional como la infraestructura (obra pública), el comercio exterior y la vivienda, además de las pequeñas y medianas empresas; sin embargo, hoy en día se requiere dar un mayor y sostenido impulso al crecimiento económico, el empleo y la competitividad.

Para lograrlo, es necesario que la Banca de Desarrollo en su función de palanca de desarrollo nacional, se transforme para contar con mejores herramientas que le permitan ampliar su oferta de créditos y atender sectores estratégicos que enfrentan limitantes para acceder a otras alternativas de financiamiento.

Para que la Banca de Desarrollo esté en posibilidad de cumplir de manera eficiente y ágil con su objeto, debe modernizar su operación, para ello la Reforma Financiera contempla modificaciones a diversos ordenamientos jurídicos, a fin de fortalecer su acción y operación, dotándola de mayor autonomía de gestión, facilitando el otorgamiento de crédito y flexibilizando sus inversiones. Entre los principales cambios que se realizaron tanto a la Ley de Instituciones de Crédito como a las Leyes Orgánicas de la Banca de Desarrollo, destacan las siguientes:

• Clarificación de Mandatos. Se privilegia como objetivo el ampliar el crédito con énfasis en áreas prioritarias, mediante una canalización eficiente, prudente y trasparente de los recursos, cuidando la sustentabilidad a mediano plazo de las instituciones.

• Fomento de la Inclusión financiera, la innovación y perspectiva de género. Las instituciones de banca de desarrollo deberán diseñar programas y productos que promuevan estos aspectos.

• Remuneraciones y Recursos Humanos. Las instituciones deberán promover que las remuneraciones tengan como finalidad reconocer el esfuerzo laboral y la contribución al logro de los objetivos. Asimismo, deberá promoverse a través del Comité de Recursos Humanos estructuras administrativas adecuadas para la operación de las instituciones, acordes a las características del sistema y mercado financiero.

• Flexibilización de la operación de las instituciones y eliminación de restricciones innecesarias.

Los Consejos Directivos podrán aprobar directamente la estructura orgánica, política salarial, tabuladores de sueldos y prestaciones, sin requerir autorizaciones adicionales de otras dependencias públicas.

Podrán tomarse como garantías acciones emitidas por instituciones financieras o adquirir ciertos títulos o valores emitidos por ellas.

Podrán realizase inversiones en capital de riesgo cuando se trate de empresas que realicen actividades relacionadas con su objeto.

El Consejo podrá aprobar las bases generales para la cesión de activos y pasivos, sin que tenga que autorizar cada operación.

• Análisis crediticio. Podrán realizarse operaciones considerando la viabilidad del crédito contra las garantías, en situaciones extraordinarias.

• Trasparencia en aprovechamientos. Los Consejos estarán facultados para proponer a la SHCP los plazos y fechas para el entero de aprovechamientos.

• Control y vigilancia. Los OIC sólo tendrán competencia en materia de responsabilidades administrativas, adquisiciones, transparencia y acceso a la información pública. La auditoría financiera deberá realizarse acorde con las mejores prácticas en la materia.

• Fortaleza del capital. Se deroga la constitución del fideicomiso para el fortalecimiento del capital, dada su naturaleza procíclica.


Éstas son las 9 instituciones que integran la Banca de Desarrollo

Su misión es generar las condiciones para lograr un México más productivo


1. Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND)

El campo ha merecido especial atención por parte del Estado, en materia de otorgamiento de crédito. Es por ello que desde 1926 creó el Banco Nacional de Crédito Agrícola, S.A., cuya misión consistía en canalizar recursos en forma exclusiva a sociedades cooperativas agrícolas y no a productores individuales. Posteriormente, en 1935 constituyó el Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A., como una entidad que debía otorgar crédito fundamentalmente a través de Sociedades Locales de Crédito Ejidal, por encima del ejidatario en lo individual. 

De igual forma, en 1965 fundó el Banco Nacional Agropecuario, S.A. de C.V. y diez años después, en 1975, consolidó el esfuerzo realizado mediante la fusión de las tres instituciones enunciadas, en el Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C., institución de banca de desarrollo, el cual debido a sus altos costos de operación, fue liquidado en 2002 y sustituido por la Financiera Rural. 

De acuerdo con su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 26 de diciembre de 2002, la Financiera Rural es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 


Trabaja para incrementar el financiamiento para cualquier actividad económica que se realice en poblaciones rurales y mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Presta los siguientes servicios:

Crédito Simple. Da financiamiento a requerimientos de capital de trabajo, para la producción de bienes, prestación de servicios o comercio y/o adquisición de activos fijos.

Programa de Financiamiento para el desarrollo de la Infraestructura en el medio rural. Los créditos se otorgan en zonas rurales de menos de 50 mil habitantes.


2. Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI)

El antecedente inmediato de esta institución, es el Patronato del Ahorro Nacional (PAHNAL), organismo público descentralizado, creado por decreto presidencial publicado el 31 de diciembre de 1949 en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de promover el hábito del ahorro entre la población. 

De conformidad con su Ley Orgánica, el PAHNAL, para cumplir con su objeto, podía entre otras cosas emitir bonos, establecer planes de ahorro y recibir depósitos en administración, custodia o en garantía, por cuenta de terceros de los títulos emitidos. No estaba autorizado para otorgar créditos. 

El público en general conocía a la Institución por el nombre de su producto más publicitado: el Bono del Ahorro Nacional, creado en 1950 con el objeto de proporcionar a los pequeños ahorradores una forma de ahorro flexible, líquida y segura. Otros productos fueron: los Bonos del Ahorro Escolar y mas recientemente, la Cuentahorro, la Tandahorro y los Contratos de Depósito de Títulos en Custodia y Administración (CODE), entre otros. 


Promueve el ahorro, la educación financiera, la inclusión financiera, la perspectiva de género, así como instrumentos y servicios financieros entre las personas que tienen acceso limitado a este tipo de productos.

Sus servicios incluyen:

Productos y servicios. Estos se ajustan a las necesidades de inversión de cada persona considerando el plazo, monto y liquidez que requiere.

PATMIR. Programa de asistencia técnica especializada enfocado a la inclusión financiera, sostenible e integral, basada en el ahorro y orientada a la población con escaso acceso a servicios financieros en México.


3. Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. (BANCOMEXT)

El Banco Nacional de Comercio Exterior se fundó en 1937. Su creación fue motivada por la necesidad de contar con una institución de crédito que se especializara en conceder apoyos financieros que incidieran en el fomento de las exportaciones, a fin de nivelar la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos. 

Hasta 1986, la institución careció de Ley Orgánica, debiendo ajustar su operación a la concesión que le otorgó la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, a las autorizaciones especiales emanadas de las autoridades competentes, a sus Estatutos Sociales y a la legislación mercantil y bancaria.


Contribuye al desarrollo y generación de empleo en México, por medio del financiamiento al comercio exterior mexicano.

 Algunas de las actividades que lleva a cabo son:

 Crédito. Financiamiento a necesidades superiores: Capital de trabajo, equipamiento, desarrollo de infraestructura industrial, proyectos de inversión.


4. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C (BANOBRAS)

El Banco Nacional Hipotecario, Urbano y de Obras Públicas, fue organizado a iniciativa del Ejecutivo Federal, el 20 de febrero de 1933, como un instrumento financiero dirigido a impulsar la dotación de servicios públicos y a satisfacer las necesidades surgidas del proceso de urbanización. 

La primera Ley Orgánica de la Institución, fue expedida hasta el 31 de diciembre de 1942, casi diez años después de su fundación. En tal sentido, su operación se sustentó en los lineamientos expuestos por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, con motivo de la inauguración del Banco, en los que se estableció que su programa comprendía todas las operaciones de crédito inmobiliario para construcciones urbanas, para instalaciones industriales y para obras de servicio público.  

En la práctica, sin embargo, la acción institucional se orientó en forma prioritaria, al financiamiento de obras para el abastecimiento de agua potable, la construcción de drenajes y obras de saneamiento, la construcción de mercados, los servicios municipales de luz eléctrica y la construcción de rastros y mataderos. 

El crédito industrial fue poco operado y en materia de vivienda, el Banco adoptó el criterio de invertir básicamente en proyectos destinados a personas de escasos recursos y bajo criterios de ordenación del crecimiento urbano. Este rubro, referido a la habitación popular, fue incluido en la Ley Orgánica de la Institución hasta 1946, además de que se dispuso la creación del Fondo de Habitaciones Populares, el cual sería administrado por el Banco en su calidad de fiduciario. 

En la actualidad se rige por la Ley Orgánica publicada el 20 de enero de 1986, en la cual se ratifica su especialización para la promoción y financiamiento del desarrollo urbano y para el incremento y la efectividad de los servicios públicos, mediante una adecuada intermediación financiera, acciones de asistencia técnica y de organización de empresas paramunicipales y de asesoramiento y evaluación de proyectos de interés social. 

Institución líder de banca de desarrollo en México que hace posible la creación de infraestructura con alta rentabilidad social.

Entre sus programas están:

Financiamiento a Estados y Municipios y Organismos Públicos Descentralizados.

Fondo Nacional de Infraestructura FONADIN. Apoya en la planeación, diseño, construcción y transferencia de proyectos de infraestructura con impacto social o rentabilidad económica, en los que participe el sector público y privado.


5. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO)

Con la finalidad de dar respuesta a las necesidades de financiamiento de los miembros del Ejército Mexicano, el Gobierno Federal constituyó el Banco Nacional del Ejército y la Armada, S.A. de C.V., al amparo de la Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de diciembre de 1946.

Su objetivo principal consistía en otorgar créditos a los miembros del Ejército y la Armada nacionales y apoyar a las sociedades mercantiles integradas por elementos militares. 

Dicha ley fue modificada en 1978, buscando incorporar dentro de la operativa bancaria, funciones de banca múltiple y se amplió su cobertura hacia los miembros de la Fuerza Aérea. 

En la actualidad se rige por la ley Orgánica publicada el 13 de enero de 1986, en la cual se ratifica su especialización en el financiamiento a los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México. 

Proporciona el servicio de banca y crédito a los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, y también al público en general.

Sus productos incluyen:

Servicios Financieros.

Servicios Fiduciarios. Manejo de recursos, bienes y derechos, tanto de carácter público como privado.


6. Nacional Financiera, S.N.C (NAFIN)

Nacional Financiera surgió en 1934. El espíritu que animó su constitución, fue la necesidad de movilizar los recursos congelados en los bancos, para financiar el crecimiento económico. 

En tal sentido, la Ley Orgánica de fecha 24 de Abril de 1934, al tiempo que le asignó la tarea mencionada, también la facultó para suscribir y contratar empréstitos y para intervenir en el mercado en actividades de compra, venta o custodia de títulos y valores, buscando con ello dar los primeros pasos para la constitución de un mercado de valores en México. 

En 1940, como resultado de la interrupción de los flujos de comercio provocada por la II Guerra Mundial, el Gobierno Federal decidió impulsar el crecimiento industrial, para lo cual apoyó la canalización de recursos crediticios en términos accesibles. Al efecto, el 30 de diciembre de dicho año se expidió una nueva Ley Orgánica, en la cual se establecieron las bases para que la institución asumiera la función de fuente de crédito para promover industrias y para apoyar la formación del mercado de valores. 


Contribuye al desarrollo económico del país a través de facilitar el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), emprendedores y proyectos de inversión, al financiamiento y otros servicios de desarrollo empresarial que permitan impulsar la innovación, mejorar la productividad, la competitividad, la generación de empleos y el crecimiento regional.

Algunos de sus programas son:

Crédito Joven. Tiene como objetivo impulsar a los jóvenes mexicanos que desean abrir un negocio o hacer crecer su negocio actual.

Apoyo a Mujeres Empresarias. Crédito exclusivo para mujeres empresarias con el objetivo de mejorar tu negocio.


7. Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. Fondo de Operaciones y Financiamiento Bancario a la Vivienda (SHF)

El antecedente inmediato de esta institución, es el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (FOVI), constituido el 10 de abril de 1963, con el objeto de fomentar el financiamiento a la vivienda de interés social. 

Impulsa el desarrollo de los mercados en materia de vivienda a través de garantías o diversos instrumentos financieros destinados a la construcción, adquisición y mejora de la vivienda.

Información útil:

Guías para intermediarios financieros, desarrolladores, inversionistas y créditos contratados con financiera México

Estadísticas e investigación.  información y análisis estratégicos para el público en general.


8. Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR)

El Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR), es un agente especializado de banca de inversión que busca fomentar una cultura de capital de riesgo, que contribuya a la ampliación del universo de atención de los fondos de inversión hacia el sector rural y agroindustrial.

Apoya y complementa la capacidad económica de los productores rurales y de sus organizaciones económicas, para fomentar el desarrollo y consolidación de empresas rurales y agroindustriales.

Entre sus funciones está:

Productividad Agroalimentaria Componente Alto Impacto. impulsar la productividad y competitividad del sector, mediante el otorgamiento de incentivos para la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico.

Activos Productivos y Agrologística. Su objetivo es que se invierta principalmente en infraestructura y equipamiento para dar valor agregado a las actividades primarias.


9. Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA)

El Sistema FIRA, es un conjunto de fideicomisos constituidos por el Gobierno Federal, como fideicomitente y el Banco de México como fiduciario, en el cual los productores actúan como fideicomisarios, es decir, como beneficiarios de los apoyos que brinda. 

Integran el Sistema, los siguientes fideicomisos: el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO), creado en 1954; el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), creado en 1965; el Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA), creado en 1972; y el Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), creado en 1988, ante la liquidación en ese año del Banco Nacional Pesquero y Portuario. 

Otorga crédito, garantías, capacitación y asistencia técnica a los sectores agropecuario, rural y pesquero de México.

Algunas de sus funciones son:

Programa de Apoyos a los Sectores Pesquero y Rural. Acceso formal al sistema financiero de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.


Centros de Desarrollo Tecnológico. Asocia el financiamiento del sector con transferencia de tecnología, para inducir el aprovechamiento sostenible de los recursos, su modernización, desarrollo, productividad y competitividad.

Referencia


BANCO DEL BIENESTAR, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO.




El Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, es el principal dispersor de recursos de programas sociales del gobierno federal.

En su carácter de banca social, promueve y facilita el ahorro entre los mexicanos, dentro y fuera del país, así como el acceso al financiamiento de primer y segundo piso de forma equitativa para personas físicas y morales, impulsando así la inclusión financiera, misma que realiza con perspectiva de género y tomando en cuenta a comunidades indígenas.

Además, promueve el uso, diseño y fomento de la innovación tecnológica a fin de procurar mejores condiciones financieras y ecosistemas de pago para los mexicanos cuyo acceso a los servicios bancarios es inexistente o se da en condiciones desfavorables.

Funciones

Algunas de las operaciones que pueden realizar son las siguientes:

I. Recibir depósitos bancarios de dinero: 
a) A la vista; 
b) Retirables en días preestablecidos; 
c) De ahorro, y 
d) A plazo o con previo aviso; 
II. Aceptar préstamos y créditos; 
III. Emitir bonos bancarios; 
IV. Emitir obligaciones subordinadas; 
V. Constituir depósitos en instituciones de crédito y entidades financieras del exterior; 
VI. Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos; 
VII. Expedir tarjetas de crédito con base en contratos de apertura de crédito en cuenta corriente;

Todas las operaciones que se puede realizar se encuentran en el Articulo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Marco jurídico de la banca de desarrollo  

Las instituciones de banca de desarrollo se tipifican como empresas de participación estatal mayoritaria, integrantes de la Administración Pública Paraestatal, que están regidas por sus respectivas leyes orgánicas y por la Ley de Instituciones de Crédito, a las cuales les es aplicable la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en las materias y asuntos que sus leyes orgánicas específicas no regulen. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por su parte, establece las bases para su sectorización en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 



















Banca Múltiple

El Sistema Financiero en México está integrado por 50 bancos autorizados y en operación, que cumplen con estándares internacionales en materia de regulación y que son supervisados por la CNBV bajo un esquema prudencial basado en riesgos.

La importante labor de la banca dentro del Sistema Financiero consiste en contactar a oferentes y demandantes de recursos financieros para que, a través de esta función de intermediación financiera, se apoye el funcionamiento eficiente de la economía, es decir, de la producción y consumo de bienes y servicios.

La función de banca y crédito que las instituciones de banca múltiple proporcionan a sus clientes consiste en captar los recursos dispersos en la economía, conjuntarlos en ahorro y canalizarlos en forma de financiamiento (créditos) hacia individuos o empresas que generen valor agregado en la economía. Por ello, contar con un sistema bancario fuerte y eficiente fomenta el crecimiento económico del país.

El Sistema Bancario Mexicano es regido por el Estado a fin de que éste, oriente fundamentalmente sus actividades a apoyar y promover el desarrollo de las fuerzas productivas del país y el crecimiento de la economía nacional.

Lo anterior, se lleva a cabo con base en una política económica soberana, fomentando el ahorro en todos los sectores y regiones de la República Mexicana y su adecuada canalización a una amplia cobertura regional que propicie la descentralización del propio Sistema, con apego a sanas prácticas y usos bancarios.

Los bancos requieren de la autorización del Gobierno Federal para organizarse y operar, la cual se otorga discrecionalmente a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), previo acuerdo de su Junta de Gobierno y opinión favorable del Banco de México.

Referencia







ORGANISMOS AUTORREGULATORIOS BANCARIOS

¿Qué son?

Los organismos autorregulatorios del mercado de valores son aquellas entidades cuya función es implementar estándares de conducta y operación entre sus miembros a fin de contribuir al sano desarrollo del mercado de valores.

Organismos autorregulatorios del mercado de valores:

 • Por ministerio de la Ley del Mercado de Valores.- las Bolsas de Valores y las Contrapartes Centrales de Valores.

 • Aquellas asociaciones gremiales de intermediarios del mercado de valores o de asesores en inversiones que sean reconocidos por la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno.

Actualmente, existen dos asociaciones gremiales que cuentan con reconocimiento de la CNBV para actuar como Organismos Autorregulatorios, la Asociación Mexicana de Asesores Independientes de Inversiones, A.C. (AMAII) y la Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles, A.C. (AMIB).

 

 




SUBSIDIARIAS FINANCIERAS EN EL EXTERIOR DE INSTITUCIONES DE BANCA MULTIPLE

Son sociedades mexicanas autorizadas para organizarse y operar, pero que en su capital participa una institución financiera exterior o una sociedad controladora filial.

Las actividades que realicen dichas oficinas de representación y sucursales se sujetaran a las reglas que expida la SHCP y a las orientaciones que de acuerdo con la política financiera señalen la propia secretaria y el banco de México.


SUBSIDIARIAS: Titulo o activo financiero sobre el que se efectúa la negociación de una opción.

 Respecto a la investigación realizada se encontró que al hacer mención de la palabra subsidiarias financieras se refiere a todos aquellos organismos que se encargan de regular el buen funcionamiento del capital de las empresas, así como las inversiones y proteger a sus accionistas, a través de informes de cómo se debe de realizar un correcto contrato e inversión. 

A continuación se le presenta algunas subsidiarias

 Sistema Financiero Mexicano: Conjunto de organismos e instituciones que captan, administran y canalizan a la inversión, el ahorro dentro del marco legal que corresponde en territorio nacional. Este se divide en

 Cinco sectores: 

·         Sector de ahorro y Crédito Popular:el objetivo principal del sector es fomentar la inclusión financiera, mediante el acceso de la población de ingreso medio y bajo, a intermediarios que cubran sus necesidades financieras y sociales. Estas organizaciones combinan el manejo financiero eficiente de las operaciones de crédito, ahorro e inversión, y la ampliación de la oferta de los servicios microfinancieros a una mayor parte de la población.

 ·         Sector de Intermediarios Financieros No Bancarios :Los intermediarios financieros no bancarios tienen operaciones no bancarias que realizan a través de activos no monetarios como acciones, fondos de inversión y bonos. Como indica su nombre, no pueden realizar actividades de banca y crédito. Aquí se encuentran las empresas de factoraje, aseguradores, fideicomisos

·         Sector Bursátil :El Sector Bursátil forma parte del Sistema Financiero Mexicano y, principalmente, está integrado por: · Casas de bolsa. · Instituciones de crédito. · Operadoras de Fondos de Inversión. · Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES). · Distribuidoras de Fondos de Inversión

·         Sector de derivados

Mercados Finnancieros ofrecen diversas vertientes para la inversión y el financiamiento, que van desde operaciones sin riesgo (mercados de dinero), operaciones con grado de riesgo latente en todo momento (mercados de capitales) y los mercados que ofrecen instrumentos para el manejo de la administración del riesgo (mercados de derivados).

Son instrumentos financieros que permiten fijar hoy el precio de compra y/o venta de un "bien" para pagarse y entregarse en una fecha futura. Al ser productos "estandarizados" en tamaño de contrato, fecha, forma de liquidación y negociación, hace posible que sean listados en una Bolsa de derivados.

En Chicago, en el año 1973 se creó el primer contrato que permitía asegurar un tipo de cambio para una fecha futura; ahí fue el nacimiento del derivado financiero.A éste le siguieron otros derivados que, en la actualidad, permiten la compraventa de activos financieros como acciones, bonos, índices, tipos de interés, entre otros, en un momento posterior a la fecha del acuerdo.Entonces, los productos derivados sirven para trasladar el riesgo de unos agentes, que desean venderlo, a otros, que quieren adquirirlo, lo que permite usarlos con finalidades distintas.


Los instrumentos financieros tienen como  característica  que su precio varía dependiendo del precio de otro bien subyacente o de referencia, se le conoce como un producto derivado, y que de estos surge lo que conocemos como el mercado de derivados. Ahora bien, el mercado de derivados es un instrumento financiero que asegura el precio a futuro de la compra o venta del bien subyacente o de referencia, esto con el objetivo de prevenir las posibles variaciones al alza o a la baja del precio que se genere sobre éste producto. A su vez, el objetivo principal de los derivados es ofrecer diferentes herramientas para administrar, controlar riesgos de mercado y brindar certidumbre y control de de riesgos financieros que suelen enfrentar las empresas.

Es la sociedad anónima constituida en términos de la regulación aplicable, que tiene por objeto proveer las instalaciones y demás servicios para que se coticen y negocien Contratos de Derivados(Contrato Futuro)

De esta forma, la Bolsa de Derivados deberá proveer las instalaciones, mecanismos y procedimientos adecuados para celebrar Contratos de Derivados listados y para la canalización de órdenes para la celebración de Contratos de Derivados listados en bolsas de Mercados de Derivados del Exterior Reconocidos.

En México, el Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V. (MexDer) es actualmente la única entidad financiera que opera como Bolsa de Derivados.






Son instrumentos financieros que permiten fijar hoy el precio de compra y/o venta de un "bien" para pagarse y entregarse en una fecha futura. Al ser productos "estandarizados" en tamaño de contrato, fecha, forma de liquidación y negociación, hace posible que sean listados en una Bolsa de derivados.


 ·         Sector de seguros y fianzas

A su vez, una institución financiera del exterior es una entidad financiera constituida en un país con el que México haya celebrado un tratado o acuerdo internacional que le permita establecer filiales en el país. Estas organizaciones están contempladas en diversos ordenamientos legales:

Capítulo III de la Ley de Instituciones de Crédito

Capítulo II del título tercero de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras

Capítulo III bis 1 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares deCrédito

Capítulo III bis de la Ley de Mercado de Valores

   

SUCURSALES Y AGENCIAS DE INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE EN EL EXTRANJERO

Banca Múltiple son todos los bancos comerciales que llevan a cabo las siguientes operaciones: Operaciones pasivas, constituidas por los depósitos que reciben. Operaciones activas, que comprenden los préstamos que otorgan. Operaciones neutras, depósitos, intermediación, compraventa de títulos, cajillas de seguridad, fideicomisos o fiduciaria mercantil. Algunos ejemplos de este tipo de sociedades son: Scotiabank, Banamex, Banorte, Bancomer, por citar algunas. En el pasado, estos bancos fueron sociedades nacionales de crédito, de hecho es hasta el sexenio de Carlos Salinas de Gortari que fueron vendidas mediante licitaciones públicas en el mismo sexenio presidencial, por lo que pasan a formar parte de la banca múltiple (banca privada).Las oficinas de representación son autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las cuales tiene como actividad principal promover, informar y negociar las condiciones y demás características de las operaciones de crédito.

 

INVERSIONES DE CAPITAL DE RIESGO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 75 DE LA LIC.



Ley de Instituciones de Crédito Federal

Artículo 75.

Las instituciones de crédito podrán realizar inversiones, adquirir obligaciones de compra o de venta de títulos representativos del capital o realizar aportaciones futuras de capital de sociedades distintas a las señaladas en los artículos 88 y 89 de esta Ley, conforme a las bases siguientes:

I. Hasta el cinco por ciento del capital pagado de la emisora;

II. Más del cinco y hasta el quince por ciento del capital pagado de la emisora, durante un plazo que no exceda de tres años, previo acuerdo de la mayoría de los consejeros de la serie "O" o "F", según corresponda y, en su caso, de la mayoría de los de la serie "B". La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá ampliar el plazo a que se refiere esta fracción, considerando la naturaleza y situación de la empresa de que se trate;

III. Por porcentajes y plazos mayores, en el caso de las instituciones de banca múltiple, cuando se trate de empresas que desarrollen proyectos nuevos de larga maduración, previa autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien la otorgará o negará discrecionalmente, después de escuchar la opinión del Banco de México, y

IV. Por porcentajes y plazos mayores, en el caso de las instituciones de banca de desarrollo, cuando se trate de empresas que realicen actividades relacionadas con su objeto, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La Comisión o la Secretaría, según corresponda, fijarán las medidas, condiciones y plazos de tenencia de las acciones, de acuerdo con la naturaleza y finalidades de las propias empresas. Asimismo, tratándose de las instituciones de banca múltiple, cuando la institución mantenga el control de las empresas citadas y, a su vez, éstas pretendan llevar a cabo inversiones en otras, se deberá obtener autorización previa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en términos de la fracción III anterior.

 Las instituciones de crédito diversificarán las inversiones a que se refiere este artículo de conformidad con las bases previstas en el artículo 51 de esta Ley y, en todo caso, deberán observar los límites que propicien la dispersión de riesgos, así como una sana revolvencia para apoyar a un mayor número de proyectos. Asimismo, dichas inversiones quedarán sujetas a las medidas prudenciales y disposiciones de carácter general que dicte la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin perjuicio de aquellas otras que, en lo particular, determine la propia Comisión o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de su competencia conforme a este artículo, para las instituciones respectivas.

El importe total de las inversiones que cada institución realice con base en el presente artículo no excederá del treinta por ciento para las inversiones que se realicen en acciones cotizadas en bolsas de valores reconocidas por las autoridades financieras mexicanas, con base en la fracción I del presente artículo; ni del treinta por ciento para las inversiones que se realicen en acciones no cotizadas en las citadas bolsas de valores, con base en la fracción I del presente artículo, así como las realizadas conforme a las fracciones II, III y IV anteriores; ambos porcentajes de la parte básica del capital neto señalado en el artículo 50 de la presente Ley. Para efecto del límite en las inversiones u obligaciones sobre acciones de empresas cotizadas en bolsas de valores, de las contenidas en la fracción I de este artículo, éste se calculará conforme a las disposiciones de carácter general a que se refiere el párrafo anterior, las cuales podrán prever los casos en los que se consideren las posiciones netas.

Las adquisiciones de acciones por dación en pago o capitalización de pasivos provenientes de personas distintas a las que se refiere el artículo 73 de esta Ley no computarán para determinar el importe total de las inversiones durante los primeros tres años posteriores a que se haya realizado la operación correspondiente.

En ningún caso las instituciones de banca múltiple podrán realizar inversiones en títulos representativos del capital de sociedades que, a su vez, tengan el carácter de accionistas en la propia institución o en la sociedad controladora de ésta. Tal restricción también será aplicable a las inversiones en títulos representativos del capital de sociedades controladas por dichos accionistas o que los controlen.

 

 Referencia

 

INMOBILIARIAS BANCARIAS

Se trata entidades especializadas en la compraventa de inmuebles pertenecientes a entidades bancaria y también a fondos de inversión. Normalmente estas entidades pertenecen al mismo grupo accionarial del propio banco.

 

 

EMPRESAS DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

 

 Referencia


 Oficinas de Representación

​ 

Las oficinas de representación pueden ser de dos tipos:

I. Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior

Son aquellas entidades autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y a las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7° de dicha Ley y 159 de la Ley del Mercado de Valores, las cuales únicamente pueden llevar a cabo las siguientes actividades:

Informar y negociar las condiciones y demás características de las operaciones de crédito, así como de otras operaciones activas y de inversión que pretendan realizar en el territorio nacional las Entidades Financieras del Exterior que representen;
Recabar la información necesaria para llevar a cabo las actividades referidas en el numeral anterior, de los acreditados y de los sujetos de inversión, entendiéndose por estos últimos a aquéllos que reciban aportaciones de capital o cuyos valores sean objeto de adquisición por parte de las Entidades Financieras del Exterior que representen;
Supervisar la ejecución y desarrollo de las operaciones efectuadas mediante su gestión, y
Efectuar gestiones de cobranza que estén relacionadas con actividades propias de su objeto y, en general, atender las gestiones y trámites que les sean encomendadas, sin que por ello obliguen o responsabilicen a las Entidades Financieras del Exterior que representen.
Marco Regulatorio

El marco normativo aplicable a este tipo de entidades es, en esencia, el siguiente:

Ley de Instituciones de Crédito, artículo 7°;
Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7 de la Ley de Instituciones de Crédito y 159 de la Ley del Mercado de Valores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2014;
Circular 1515 publicada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de fecha 16 de mayo de 2002.
II. Oficinas de Representación de Casas de Bolsa del Exterior

Son aquéllas entidades autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores y a las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7° de la Ley de Instituciones de Crédito y 159 de la Ley del Mercado de Valores, las cuales únicamente pueden llevar a cabo las siguientes actividades:

Realizar estudios, análisis o investigaciones del mercado financiero nacional, incluyendo el análisis relativo a emisores y valores que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, así como procesar y difundir información sobre el mismo, siempre y cuando sea para uso exclusivo de su representada o para la clientela de esta última;
Celebrar contratos de intermediación bursátil con Casas de Bolsa nacionales, por medio de los cuales estas últimas otorguen servicios directamente a su representada, cuando se les confiera poder suficiente para ello. En ningún caso, la Oficina deberá intervenir en la gestión de tales servicios;
Intervenir y formular las propuestas relativas a los términos y condiciones en que su representada participe en colocaciones de valores de emisores nacionales en el exterior, y
En general, gestionar y realizar trámites administrativos vinculados con la colocación de valores de emisores nacionales en el exterior, en los que intervenga su representada.
Marco Regulatorio

El marco normativo aplicable a este tipo de entidades es, en esencia, el siguiente:

Ley del Mercado de Valores, artículo 159.

 



Las Oficinas de Representación son entidades autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, conforme a la Ley de Instituciones de Crédito, cuyas actividades se sujetan a las Reglas de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuyos ordenamientos las facultan para realizar básicamente las siguientes actividades:


  • Informar y negociar condiciones de las operaciones de crédito y de inversión que las Entidades Financieras del Exterior que representan, pretendan realizar en el territorio nacional;

  • Realizar estudios, análisis o investigaciones del mercado financiero nacional, para llevar a cabo la actividad señalada en el punto anterior;

  • Efectuar gestiones de cobranza que estén relacionadas con actividades propias de su objeto; y

  • Proporcionar, a petición de sus clientes, información sobre las operaciones que la Entidad Financiera del Exterior que representa celebre en su país de origen.


Asimismo, las Oficinas de Representación tienen prohibido realizar en el mercado nacional, entre otras, actividades de intermediación financiera que requiera de autorización por parte del Gobierno Federal y actuar, directamente o a través de terceros, en operaciones de captación de recursos del público, ya sea por cuenta propia o ajena.

Referencia


Bancos autorizados






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